COMUNICADO SOBRE LA INSTALACIÓN DEL ICP



                                                                                  Sevilla 2 de Noviembre de 2.011.

            De  la ASOCIACION DE PREJUBILADOS ERE 98

            A Endesa Distribución Eléctrica / Servicios
            Avda Borbolla nº 5 (Sede Sevilla)

            Muy Sres. nuestros;

            Mediante el presente comunicado nos dirigimos a ustedes en relación con la cuestión planteada en sus escritos de fecha de 5 de Abril de 2.010 y  15 de Marzo, 7 de Abril, 1 de Julio y 7 de Julio de 2.011, por los cuales se da traslado a la totalidad del colectivo de prejubilados el contenido de la orden Ministerial  ITC/1857/2008, correspondiente a la adecuación de mi instalación eléctrica para  la colocación del ICP debido a que según los datos de que disponen nuestras instalaciones no se encuentran dotadas  de dicho sistema de control de potencia.


            Esta Asociación, y en representación de la totalidad de sus asociados quiere dar traslado de la postura en relación a los citados comunicados, sobre los cuales expresamos nuestra no oposición a la instalación y adecuación referida, si bien les manifestamos de forma expresa que la misma no implicará en ningún caso ni bajo ningún concepto, ni de forma tácita ni expresa la modificación de los términos de nuestras percepciones del beneficio de fluido eléctrico hasta la fecha, considerando en lo sucesivo, e independientemente de cualquier cumplimiento normativo obligatorio relativo a la adecuación de nuestras instalaciones, que el citado beneficio de fluido se mantendrá inalterable en sus términos y condiciones tal cual fueron pactados y acordados a través de los correspondientes contratos de extinción de la relación laboral y a por ende de acogimiento al Expediente de Regulación de Empleo 44/98 y 58/00.

  
            En idéntico sentido este colectivo se opone a cualquier coste económico añadido a los soportados en la actualidad y derivados del suministro de fluido eléctrico y que suponga dar cumplimiento a la normativa referida, todo ello por considerar que los mismos deben ser sufragados en su integridad por esta empresa.


            Por último, esta asociación quiere dar traslado a esta empresa que no reconocerá ningún acto de negociación colectiva que afecte a nuestro derecho de beneficio de fluido así como cualquier otro ya adquirido,  no reconociendo legitimidad ninguna a ningún órgano social que no sea esta propia asociación, a fin de lo cual les mostramos nuestra máxima disponibilidad para el tratamiento de este asunto así como de cualquier otro que pudiese repercutir en los derechos reconocidos contractualmente y a través de ERE 44/98 Y 58/00.


            Por lo expuesto, y a la espera de su atenta respuesta, reiterando nuestra  irrenunciabilidad  a cualquier  derecho ostentado tanto en la actualidad como en el futuro.



            Atentamente reciban un cordial saludo.